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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 12/03/2003

Núm. Acuerdo: 27/2003

Núm. Expediente: 280/51

Autor: Formaciones políticas

Objeto:

Consulta sobre la posibilidad de que algunos candidatos, presenten junto a su nombre alguna otra mención o símbolo distinto del que figura en la candidatura.

Acuerdo:

Trasladar que, de conformidad con el artículo 46.7 de la LOREG, junto a los candidatos incluidos en la lista electoral de un partido político no se puede hacer constar más que su condición de independientes, en su caso. La denominación de otro partido político distinto a la entidad que presenta candidatura sólo se podrá hacer constar junto al nombre del candidato en el caso de las coaliciones electorales.

Descriptores de materia:

DENOMINACIONES, SIGLAS Y SÍMBOLOS

PARTIDOS POLÍTICOS

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