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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 12/03/2003

Núm. Acuerdo: 31/2003

Núm. Expediente: 322/3

Autor: Otros

Objeto:

Consulta sobre los requisitos de los candidatos que sean ciudadanos de la Unión Europea.

Acuerdo:

Trasladar que, de conformidad con la Instrucción de esta Junta Electoral Central de 15 de marzo de 1999, los ciudadanos europeos han de aportar como documentación para presentarse como candidatos: una fotocopia simple del documento oficial acreditativo de la identidad del candidato -valdría la tarjeta de residencia, siempre que tuviera fotografía- y el certificado de inscripción en el censo electoral -no en el Padrón del Ayuntamiento-, además de una declaración formal firmada por el candidato en la que conste su nacionalidad, su domicilio en España, que el candidato no se encuentra privado del derecho de sufragio pasivo en su Estado de origen, así como la mención de su último domicilio en dicho Estado de origen.

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto

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