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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 09/04/2003

Núm. Acuerdo: 77/2003

Núm. Expediente: 292/8

Autor: Representante de Cantidatura Independiente del Partido de Castilla y León

Objeto:

Consulta sobre si la Ley Electoral permite la contratación electoral en una televisión de ámbito local.

Acuerdo:

El artículo 60.1 de la LOREG prohibe taxativamente la contratación de espacios de publicidad electoral en los medios de comunicación de titularidad pública, sin perjuicio del derecho a espacios gratuitos de propaganda electoral en dichos medios a que las entidades políticas concurrentes en unas elecciones tienen derecho.

Asimismo queda prohibida la contratación de espacios de publicidad electoral en televisión privada, en emisoras municipales de radiodifusión sonora y en emisoras de televisión local por ondas terrestres; sin perjuicio de los espacios gratuitos de propaganda electoral en emisoras gestionadas por los Ayuntamientos a los que tienen derecho las entidades políticas que concurran a unas elecciones municipales.

Descriptores de materia:

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PRIVADOS

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA

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