Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 09/04/2003
Núm. Acuerdo: 52/2003
Núm. Expediente: 292/4
Autor: | Sr. Secretario General de Radio-Televisión Española |
Objeto:
Consulta del Sr. Secretario General de Radio-Televisión Española, sobre si es procedente acceder a la solicitud de la Diputación Foral de Álava relativa a que se remita oferta económica para la difusión, entre los días 5 y 23 de mayo, en el Territorio Histórico de Álava, de una campaña publicitaria de incentivación al voto.
Acuerdo:
Trasladar al Secretario General de Radio Televisión Española y al Diputado General de la Diputación Foral de Álava que no existe obstáculo jurídico que impida la emisión de la campaña institucional de referencia, por cuanto, con independencia de que el artículo 50.1 de la LOREG, con las limitaciones que en el mismo se establecen, no es de aplicación directa en toda clase de elecciones, lo cierto es que, en lo que se refiere a las Juntas Generales de Álava, el poder público convocante es la referida Diputación como se ha hecho en la presente ocasión, mediante Decreto Foral 63/2003, de 31 de marzo, de convocatoria de las referidas elecciones, publicado en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava correspondiente al 1 de abril; sin que el hecho de las dificultades para la desconexión de la emisión en cuanto a los otros dos Territorios Históricos constituya tampoco razón que impida la difusión de la campaña, necesaria en cuanto a los electores alaveses y que, a lo sumo, podría considerarse superflua pero no contraria a Derecho, en cuanto a los electores de los otros dos Territorios Históricos.
Descriptores de materia:
ELECCIONES AUTONÓMICAS
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS
NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO
PARTIDOS POLÍTICOS