Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 25/04/2003
Núm. Acuerdo: 121/2003
Núm. Expediente: 310/180
Autor: | Formaciones políticas |
Objeto:
Solicitud de homologación de sobres confeccionados por la entidad política para utilizar en las próximas elecciones locales.
Acuerdo:
Trasladar al solicitante lo siguiente:
1º.- De conformidad con lo previsto en el artículo 189.1 LOREG, la homologación de los sobres para las elecciones municipales corresponde a las Juntas Electorales de Zona.
2º.- Esta Junta tiene reiteradamente acordado que las diferencias del tintado, cierre, reverso o tonalidad de los sobres no deben prevalecer frente a la voluntad del elector libremente expresada, huyéndose así de nulidades que no se fundamentan en irregularidades que supongan el falseamiento de la voluntad popular.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 2003
Descriptores de materia:
ENTIDADES LOCALES MENORES
PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES