Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 19/05/2003

Núm. Acuerdo: 246/2003

Núm. Expediente: 280/62

Autor: Junta Electoral de Zona

Objeto:

Consultas sobre si debe acordarse de oficio alguna prevención derivada de la ilegalización de la plataforma AuB y otras, o si debe estar a las instrucciones que se le dirijan desde la Junta Electoral Central; y sobre si pueden presentarse excusas con posterioridad al plazo previsto en el artículo 27 LOREG.

Acuerdo:

1º. Las Juntas Electorales de Zona deben adoptar de oficio cuantas actuaciones, en relación con anteriores acuerdos de las propias Juntas Electorales de Zona, procedan como consecuencia de la revocación de la proclamación de determinadas candidaturas, incluído el requerimiento a los Ayuntamientos en lo referente a espacios públicos gratuitos de campaña,con las ulteriores actuaciones que pudieran proceder, en caso de no ser atendido dicho requerimiento.

2º. Parece razonable admitir las excusas presentadas fuera de plazo en el caso de notificaciones tardías a los designados miembros de Mesas, si bien debería la Junta Electoral de Zona anunciar un plazo máximo para tal fin.

Descriptores de materia:

PARTIDOS POLÍTICOS

   Volver