Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 25/05/2003
Núm. Acuerdo: 341/2003
Núm. Expediente: 271/72
Autor: | Junta Electoral de Zona |
Objeto:
Consulta sobre la posibilidad de un interventor designado para actuar en municipio distinto al que está censado de votar en las elecciones autonómicas y al Cabildo.
Acuerdo:
Trasladar que, si bien no podrá el referido interventor votar en las elecciones municipales por haber sido designado para el ejercicio de su función en otro municipio distinto a aquél en el que está censado, al no haber solicitado el voto por correo, si podrá votar en las elecciones al Parlamento de Canarias y en las elecciones al Cabildo, por operar en estos dos procesos electorales la isla como circunscripción electoral.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cabildos Insulares Canarios 2003
Elecciones al Parlamento de Canarias 2003
Descriptores de materia:
APODERADOS E INTERVENTORES
DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO