Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 25/05/2003
Núm. Acuerdo: 330/2003
Núm. Expediente: 310/205
Autor: | Junta Electoral de Zona |
Objeto:
Consulta sobre el cómputo de los votos emitidos en papeletas en las que figuren personas cuyo proclamación como candidatos haya sido anulada.
Acuerdo:
Los votos expresados en dichas papeletas deben considerarse como votos válidos en cuanto referidos únicamente a los candidatos válidamente proclamados.
Las papeletas que contengan como símbolo el escudo municipal, dado que fueron en su momento homologadas por la Junta Electoral y pueden haber sido enviadas por las entidades políticas a los electores o utilizadas para el voto por correo, deberán considerarse válidas, así como válido el voto emitido en las mismas.
Descriptores de materia:
CANDIDATURAS - Proclamación
PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES
RESULTADOS ELECTORALES - Cómputo
VOTOS VÁLIDOS Y NULOS