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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 05/06/2003

Núm. Acuerdo: 438/2003

Núm. Expediente: 333/237

Autor: Sr. Presidente de la Junta Electoral de Zona de San Vicente de la Barquera (Cantabira)

Objeto:

Recurso interpuesto por el Partido Regionalista de Cantabria contra acuerdo de la Junta Electoral de Zona de San Vicente de la Barquera (Cantabria) relativo al acto de escrutinio general correspondiente al municipio de Tudanca.

Acuerdo:

ANTECEDENTES

1º.- Con fecha 2 de junio tuvo entrada en esta Junta Electoral Central el recurso interpuesto por el representante del Partido Regionalista de Cantabria contra el acuerdo del día 30 de mayo, de la Junta Electoral de Zona de San Vicente de la Barquera, desestimatorio de reclamación contra el acto de escrutinio general realizado por la referida Junta para el municipio de Tudanca, recurso cuya pretensión consiste en que se suspenda la proclamación de electos en el citado municipio.

2º.- El presente recurso se ha tramitado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.3 de la LOREG.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- El pedimento único del presente recurso es que se suspenda la proclamación de electos en el municipio de Tudanca "en tanto se resuelva la denuncia presentada por el órgano judicial competente". El recurrente denuncia la irregularidad acaecida en la votación en las Mesas 1-1-D y 1-1-C, correspondientes a las localidades de Tudanca y Sarceda, irregularidad consistente en que cinco personas respecto de quienes el Alcalde del Ayuntamiento de Tudanca había ordenado -según consta en copia de certificación de resolución expedida por el Secretario del Ayuntamiento citado- su baja en el padrón del municipio, al haberse comprobado por la Alcaldía "que no residen actualmente en el mismo". Dicha resolución es de fecha 26 de marzo de 2003.

Ante reclamación similar a la que en este recurso se ventila, presentada ante la Junta Electoral de Zona de San Vicente de la Barquera, dicho órgano acordó inadmitir a trámite la reclamación, dado que ninguna incidencia sobre el asunto se hizo constar en el acta de sesión de la mesa electoral o en el acta de la sesión de escrutinio general. Siendo acertado el criterio de la Junta Electoral de Zona referida -reiteradamente aplicado por esta Junta Electoral Central en virtud del principio de consentimiento o de actos propios-, incluso si se entra en el fondo del asunto, resulta forzoso desestimar el recurso, por cuanto, según se ha indicado, la resolución del Alcalde ordenando la baja en el padrón de habitantes de las cinco personas a quienes el recurrente discute el derecho de voto es de 26 de marzo y el censo electoral vigente para el proceso electoral de 25 de mayo es "el cerrado a día primero del mes anterior al de la fecha de la convocatoria", según determina el artículo 39.1 de la LOREG, esto es, el cerrado a día 1 de febrero. La Ley Electoral prevé en sus artículos 39 y 40 una vía impugnatoria de las inscripciones censales que puede ser utilizada por cualquier persona a partir de la exposición de las listas censales por los Ayuntamientos. Así pues, no puede prosperar la reclamación censal convertida ahora tardíamente en objeto de un recurso manifiestamente inadecuado para solventarla, por cuanto está previsto para una finalidad diferente, cual es la resolución de reclamaciones contra los actos de escrutinio de Mesas y Juntas Electorales y en cuyo estrecho y sumario cauce no resulta posible proceder a realizar comprobación alguna de los hechos denunciados. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad del recurrente de utilizar la vía penal -lo que parece deducirse del escrito presentado que ya ha hecho- si entiende que los hechos denunciados son constitutivos de delito.

ACUERDO.-La Junta Electoral Central, en su reunión del día de la fecha, acuerda desestimar el recurso de referencia y comunicar a la Junta Electoral de Zona de San Vicente de la Barquera que deberá realizar la proclamación de electos en el Ayuntamiento de Tudanca con arreglo a los resultados del escrutinio general realizado por dicha Junta Electoral de Zona.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2003

Descriptores de materia:

ESCRUTINIO

JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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