Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 06/06/2003
Núm. Acuerdo: 494/2003
Núm. Expediente: 333/272
Autor: | Junta Electoral de Zona |
Objeto:
Recurso interpuesto por el representante del Partido Popular contra acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Sepúlveda.
Acuerdo:
ANTECEDENTES
1º.- El día 4 de junio del corriente año tuvo entrada el recurso de referencia, dirigido contra acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Sepúlveda en relación con la elección de Alcalde de Puebla de Pedraza.
2º.- El presente recurso se ha tramitado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.3 de la LOREG.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- Procede declarar inadmisible el recurso de referencia puesto que no se dirige el mismo contra el acto de escrutinio general ni resolución de reclamaciones contra dicho acto, que fue consentido sin que se presentara reclamación alguna sino que, habiéndose producido empate en número de votos entre los dos candidatos a la Alcaldía, se dirige el recurso contra el sorteo realizado por la Junta de Zona entre ambos candidatos, acto que podrá ser, en su caso, objeto del recurso contencioso-electoral correspondiente pero no del recurso previsto en el artículo 108.3 de la LOREG.
ACUERDO.-Declarar inadmisible el recurso.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 2003
Descriptores de materia:
JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos
JUNTAS ELECTORALES DE ZONA
RECURSOS ADMINISTRATIVOS