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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 24/07/2003

Núm. Acuerdo: 603/2003

Núm. Expediente: 332/15

Autor: Otros

Objeto:

Manifestación de discrepancia en relación con el acuerdo de esta Junta Electoral Central, de 3 de junio de 2003, en resolución de recurso interpuesto por la candidatura de referencia al amparo del artículo 108.3 de la LOREG con referencia al escrutinio general para el Ayuntamiento de Zamora.

Acuerdo:

Trasladar que habiéndose procedido por la Junta Electoral de Zona de Zamora a la proclamación de los electos para el municipio de Zamora, la vía de impugnación es el recurso contencioso-electoral, que pudo interponerse en el plazo de tres días a contar de la fecha de dicho acto. 2ª.- Reiterar la resolución de esta Presidencia de 23 de junio pasado, ratificada por la Junta Electoral Central en su sesión de 10 de los corrientes.

Descriptores de materia:

ESCRUTINIO

JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos

RECURSOS CONTENCIOSOS-ELECTORALES

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