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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/10/2003

Núm. Acuerdo: 673/2003

Núm. Expediente: 120/92

Autor: Junta Electoral Provincial

Objeto:

Vocales no judiciales de las Juntas Electorales Provinciales a los que se refiere el artículo 10.1.b) de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, en relación con las elecciones al Parlamento de Cataluña a celebrar el 16 de noviembre de 2003.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central, en sesión del día de la fecha, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1.b) de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, ha acordado designar a los Vocales no Judiciales de las Juntas Electorales Provinciales de Barcelona, Girona y Tarragona -cuyo mandato no ha sido prorrogado por no haberse convocado en sus circunscripciones elecciones locales parciales por Real Decreto 1086/2003, de 1 de septiembre-, conforme a las propuestas remitidas por las mismas, en relación con las elecciones al Parlamento de Cataluña convocadas por Decreto de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña 208/2003, de 22 de septiembre, a celebrar el 16 de noviembre.

Descriptores de materia:

ELECCIONES AUTONÓMICAS

JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES

VOCALES NO JUDICIALES DE JUNTAS ELECTORALES

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