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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/12/2003

Núm. Acuerdo: 690/2003

Núm. Expediente: 251/297

Autor: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jaraicejo (Cáceres)

Objeto:

Consulta sobre causa de incompatibilidad en concejal que podría ser contratado por el Ayuntamiento con subvención de la Junta de Extremadura al 80 por ciento.

Informe del Ayuntamiento exponiendo que se trata de contrato por obra o servicio por determinado plazo, a tiempo parcial, y la persona contratada se incorporaría como personal al servicio del Ayuntamiento.

Acuerdo:

Trasladar que el artículo 178.2.b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General declara la incompatibilidad con la condición de concejal de los funcionarios o restante personal en activo del respectivo Ayuntamiento y de las entidades y establecimientos dependientes de él.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Incompatibilidad

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