Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 01/03/2004
Núm. Acuerdo: 149/2004
Núm. Expediente: 130/78
Autor: | Junta Electoral de Zona de Albacete |
Objeto:
Consulta en torno a composición de Junta Electoral de Zona.
Acuerdo:
Es doctrina reiterada de esta Junta Electoral Central que el principio de no alteración de la composición de las Juntas Electorales una vez designadas determina el mantenimiento en sus funciones de sus miembros, salvo que hayan perdido la condición en virtud de la cual fueron designados. En consecuencia, y puesto que no puede estimarse concurrente en esta ocasión dicha circunstancia, la baja por maternidad no determinará baja a su vez en la propia Junta Electoral de Zona.
Descriptores de materia:
JUNTAS ELECTORALES DE ZONA
VOCALES DE ORIGEN JUDICIAL DE JUNTAS ELECTORALES
VOCALES NO JUDICIALES DE JUNTAS ELECTORALES