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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/04/2004

Núm. Acuerdo: 276/2004

Núm. Expediente: 132/71

Autor: Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón

Objeto:

Consulta sobre el alcance de la inamovilidad a que se refiere el artículo 16 LOREG, en el sentido de si alcanza al Secretario Judicial sustituto de una Junta Electoral de Zona, que debe cesar por el nombramiento de otro Secretario Judicial sustituto.

Acuerdo:

Trasladar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3 LOREG, y según doctrina reiterada de la Junta Electoral Central, si se deja de ostentar la Secretaría del Juzgado se deja de ostentar la Secretaría de la Junta Electoral de Zona, por cuanto se pierde la condición en virtud de la cual se le nombró para el desempeño del cargo, pasando a desempeñarlo el nuevo Secretario del Juzgado.

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

SECRETARIOS JUDICIALES - Sustitución

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