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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/04/2004

Núm. Acuerdo: 274/2004

Núm. Expediente: 130/84

Autor: Secretaria de la Junta Electoral de Zona de Zafra (Badajoz)

Objeto:

1. Consulta sobre a quién corresponde ser Vocal judicial de la Junta Electoral de Zona una vez que el Vocal judicial anterior, juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, ha presentado su renuncia por traslado, dado que la nueva juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 es también Presidenta de otra Junta Electoral de Zona. 2. A quién corresponde la Secretaría de la Junta Electoral de Zona, si al Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 que es además Juzgado Decano y cuyo cargo ocupa en régimen de provisión temporal, al Secretario titular de tal juzgado que ocupará su cargo el día 30 de abril, o a la Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Zafra, que es en la actualidad el Juzgado Decano por haberse procedido a un cambio de asignación del Decanato.

Acuerdo:

En relación con la primera cuestión, la Junta Electoral Central reitera que se puede renunciar al mandato en una Junta Electoral como consecuencia de traslado y que no cabe doble mandato en varias Juntas Electorales. Consecuentemente, la juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 puede renunciar a su cargo anterior como Vocal de otra Junta Electoral con motivo de su traslado. Si no lo hace no podría desempeñar cargo en las dos Juntas Electorales y, por tanto, habría de procederse a nombrar nuevo Vocal judicial.

En relación con la segunda cuestión, la Secretaría de la Junta Electoral de Zona corresponde, ex artículo 11.3 LOREG, al Secretario del Juzgado Decano, por lo que será el titular de tal Secretaría el que haya de ocuparla.

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

VOCALES DE ORIGEN JUDICIAL DE JUNTAS ELECTORALES - Renuncia

VOCALES DE ORIGEN JUDICIAL DE JUNTAS ELECTORALES - Sustitución

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