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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 24/05/2004

Núm. Acuerdo: 322/2004

Núm. Expediente: 292/373

Autor: Representante General de GALEUSCA-PUEBLOS DE EUROPA

Objeto:

Solicitud de que se requiera a Televisión Española para que proceda a anular del Plan de Cobertura de las elecciones al Parlamento Europeo la programación del debate bilateral entre los candidatos del Partido Popular y del Partido Socialista Obrero Español, por vulnerar los principios de proporcionalidad, igualdad de acceso a los medios de comunicación y de pluralidad y neutralidad informativa.

Acuerdo:

Visto el escrito de recurso y las alegaciones de las entidades políticas afectadas y del Ente Público RTVE, la Junta acuerda desestimar el recurso por cuanto, a tenor de los reiterados precedentes sentados por esta Junta Electoral Central y teniendo en cuenta los resultados y número y porcentaje de votos obtenidos por cada una de los entidades políticas en las anteriores elecciones de Diputados al Parlamento Europeo, entiende la Junta que la celebración de un debate entre los representantes de las dos formaciones políticas que obtuvieron mayor número de votos en dichas elecciones y otro en el que junto con dichos representantes participen los de las otras cuatro formaciones políticas que obtuvieron escaños en las citadas elecciones, no supone desequilibrio o desproporción que pueda considerarse atentatorio contra los principios de pluralismo político y social y neutralidad informativa de los medios de comunicación de titularidad pública y asimilados a ellos a estos efectos, proclamados por el art. 66 de la LOREG y por cuya observancia en período electoral debe velar la Junta Electoral.

Descriptores de materia:

ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO

PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA

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