Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 01/06/2004

Núm. Acuerdo: 328/2004

Núm. Expediente: 134/19

Autor: Secretario Interventor de los Ayuntamientos de El Fresno, Gemuño, La Serrada y Muñopepe (Ávila)

Objeto:

Consulta efectuada acerca de las obligaciones correspondientes a los Secretarios de los Ayuntamientos como delegados de las Juntas Electorales de Zona.

Acuerdo:

Procede trasladar que: con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11.4 LOREG, y tal como se deduce de la doctrina de la Junta Electoral Central, los Secretarios de los Ayuntamientos deben cumplir bajo la estricta dependencia de las Juntas Electorales de Zona cuantas funciones propias de éstas encomienden a aquellos (Acuerdos Junta Electoral Central de 27 de febrero de 1990 y 11 de septiembre de 1991). No cabe, sin embargo, determinar a priori las mismas, correspondiendo a cada Junta Electoral de Zona determinar las tareas electorales que han de realizar los Secretarios de los Ayuntamientos y la forma en que hayan de cumplirlas en el marco del ordenamiento jurídico (Acuerdo Junta Electoral Central de 29 de marzo y 7 de abril de 1995). Por otra parte, no es competencia de la Junta Electoral Central determinar la naturaleza de la asignación económica de los Secretarios de Ayuntamiento (Acuerdo Junta Electoral Central de 11 de septiembre de 1991).

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA

SECRETARIO DE AYUNTAMIENTO

   Volver