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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/12/2004

Núm. Acuerdo: 466/2004

Núm. Expediente: 351/1021

Autor: Secretaria del Ayuntamiento de Goizueta

Objeto:

Ante no personación de nuevo concejal para tomar posesión de su cargo, convocado con ocasión de diferentes sesiones plenarias de la Corporación, consulta sobre actuación del Ayuntamiento.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado que no es causa de pérdida de la condición de concejal la no formalización de la toma de posesión, por cuanto ni la legislación electoral ni la de régimen local establecen un plazo para la toma de posesión del cargo de concejal, por lo que quien no hubiera formalizado la misma conserva la condición de concejal electo, debiendo procederse a seguir convocando al referido concejal electo a las sucesivas sesiones plenarias en orden a formalizar su toma de posesión.

Descriptores de materia:

AYUNTAMIENTOS - Pleno

CONCEJALES - Toma de posesión

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