Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 19/01/2005
Núm. Acuerdo: 5/2005
Núm. Expediente: 292/443
Autor: | Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Petrer (Alicante) |
Objeto:
Consulta sobre posibilidad de realización de campaña de divulgación desde las entidades locales para promover que la ciudadanía dé su voto afirmativo en el referéndum de la Constitución Europea.
Acuerdo:
1º) Los actos de propaganda celebrados con anterioridad a la aprobación del Real Decreto de convocatoria de un referéndum no están sujetos a los límites que en materia de campaña establece la legislación vigente.
2º) A partir de la convocatoria de un referéndum consultivo resultan aplicables las limitaciones que impone el artículo 50 de la LOREG respecto a las campañas de carácter institucional.
Descriptores de materia:
CAMPAÑA INSTITUCIONAL
PROPAGANDA ELECTORAL
REFERÉNDUM