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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 19/01/2005

Núm. Acuerdo: 5/2005

Núm. Expediente: 292/443

Autor: Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Petrer (Alicante)

Objeto:

Consulta sobre posibilidad de realización de campaña de divulgación desde las entidades locales para promover que la ciudadanía dé su voto afirmativo en el referéndum de la Constitución Europea.

Acuerdo:

1º) Los actos de propaganda celebrados con anterioridad a la aprobación del Real Decreto de convocatoria de un referéndum no están sujetos a los límites que en materia de campaña establece la legislación vigente.

2º) A partir de la convocatoria de un referéndum consultivo resultan aplicables las limitaciones que impone el artículo 50 de la LOREG respecto a las campañas de carácter institucional.

Descriptores de materia:

CAMPAÑA INSTITUCIONAL

PROPAGANDA ELECTORAL

REFERÉNDUM

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