Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 25/01/2005
Núm. Acuerdo: 30/2005
Núm. Expediente: 411/2
Autor: | Representante general del Partido Popular |
Objeto:
Nombramiento de Administrador y apertura de cuenta corriente y límite de gasto para la publicidad en los medios de comunicación en relación con el referéndum
Acuerdo:
A la vista de lo dispuesto en el Real Decreto 6/2005, de 14 de enero, por el que se regula la concesión de ayudas extraordinarias para sufragar determinados gastos en relación con el referéndum de la Constitución Europea, las ayudas previstas en dicha norma se regirán por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no siendo, en consecuencia, aplicable la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Por ello, todas las consultas sobre esa materia deberán dirigirse a la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior, que es el órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de dichas ayudas.
Descriptores de materia:
GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Límites
REFERÉNDUM