Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 31/01/2005
Núm. Acuerdo: 41/2005
Núm. Expediente: 140/171
Autor: | Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nuevo Baztán (Madrid) |
Objeto:
Consulta sobre si los integrantes de la Corporación Local pueden ser miembros de las Mesas electorales.
Acuerdo:
Trasladar que los únicos casos que la LOREG considera expresamente, en su artículo 27 apartados 1 y 3, como causa justificada que impida el desempeño de los cargos de Presidente y Vocal de Mesa electoral son el presentarse como candidato y el concurrir la condición de inelegible en la persona de que se trate, debiendo, fuera de esos casos, apreciar la competente Junta Electoral de Zona las circunstancias concurrentes.
Descriptores de materia:
CONCEJALES - Incompatibilidad
MESAS ELECTORALES - Miembros