Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 10/03/2005
Núm. Acuerdo: 95/2005
Núm. Expediente: 341/239
Autor: | Susana Sánchez Ron. Candidaturas Independientes Sierra Norte. San Agustín del Guadalix (Madrid) |
Objeto:
Consulta sobre aplicación del artículo 193 de la LOREG cuando el límite de gastos electorales permitido a una candidatura sea inferior a la cantidad de gastos subvencionables por resultados electorales.
Acuerdo:
El límite de gastos electorales previsto en el apartado 2 del artículo 193 de la LOREG actúa también como tope de la subvención estatal por gastos derivados de actividades electorales prevista en el apartado 1 del artículo 193 de la citada Ley Orgánica.
Descriptores de materia:
GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Límites