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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 31/03/2005

Núm. Acuerdo: 138/2005

Núm. Expediente: 351/1039

Autor: Alcaldesa del Ayuntamiento de Vega de Valcarce (León)

Objeto:

Sustitución de Alcalde Pedáneo de Junta Vecinal de la provincia de León.

Acuerdo:

Conforme a lo dispuesto en el artículo 58.3 de la Ley 11/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, la sustitución del Alcalde Pedáneo corresponde a quien fue su suplente en la correspondiente candidatura. Asimismo la Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado que la cobertura de vacante en el cargo de Alcalde Pedáneo en caso de que no hubiera otros candidatos se realiza mediante la designación de un órgano unipersonal gestor, por la Diputación Provincial u órgano competente de la Comunidad Autónoma, conforme a lo dispuesto por el Real Decreto 608/1988.

Descriptores de materia:

ALCALDES PEDÁNEOS - Sustitución

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