Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 20/05/2005
Núm. Acuerdo: 164/2005
Núm. Expediente: 281/115
Autor: | Manuel Jesús Rincón Granado. Torre del Mar (Málaga) |
Objeto:
Diversas consultas sobre disolución de coalición electoral constituida para las elecciones locales de 2003 y posibilidad de presentación de candidatura en las próximas elecciones municipales por la misma coalición.
Acuerdo:
Las coaliciones electorales se constituyen específicamente para cada proceso electoral, es decir, sólo subsisten hasta el término del mandato del órgano representativo a cuya formación concurrieron, salvo ruptura o disolución de la coalición. No cabe que una coalición quede abierta a la adhesión de entidades políticas distintas a las de la coalición.
En caso de disolución de la coalición, deberá trasladarse a la Junta Electoral Central así como al órgano representativo a cuya formación concurrió.
Proceso electoral asociado:
Elecciones Locales 2007
Elecciones Locales 2003
Descriptores de materia:
CANDIDATURAS - Presentación
COALICIONES ELECTORALES