Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 02/06/2005
Núm. Acuerdo: 184/2005
Núm. Expediente: 292/460
Autor: | José Angel Casimiro Piñeiro López. Representante del Partido Popular en Galicia |
Objeto:
Solicitud de determinada actuación de la Junta Electoral Central para que no se produzca monopolio en la atribución de espacios públicos o comerciales.
Acuerdo:
Ante la falta de acreditación de una supuesta situación de monopolio de espacios para carteles electorales por parte de la entidad política denunciada, la Junta acuerda reiterar que, con independencia de los lugares especiales gratuitos a que aluden los artículos 55 y 56 de la LOREG, que todos los ayuntamientos sin excepción están obligados a poner a disposición de las Juntas Electorales de Zona para la distribución por éstas entre las candidaturas concurrentes, con recurso ante las Juntas Provinciales contra los Acuerdos de las citadas de Zona, esta Junta Electoral tiene reiteradamente acordado que, aparte de esos lugares especiales, puede llevarse a cabo la explotación comercial de otros lugares distintos, pero siempre en condiciones de igualdad entre las distintas entidades políticas concurrentes.
Descriptores de materia:
ESPACIO GRATUITO
JUNTA ELECTORAL CENTRAL