Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 23/06/2005
Núm. Acuerdo: 207/2005
Núm. Expediente: 321/198
Autor: | José Ángel C. Piñeiro López. Representante del Partido Popular en Galicia |
Objeto:
Solicitud de que la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos interese de organismos análogos de otros Estados determinados datos sobre voto de los residentes ausentes.
Acuerdo:
No procede en este momento el requerimiento a través de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos de la certificación que se pretende que emitan las entidades análogas de los Estados de residencia de electores del CERA, sin perjuicio de que a los efectos de acreditar las irregularidades que puedan ser objeto de reclamación en el acto de escrutinio en Mesa electoral o en el de escrutinio general o de recurso al amparo del artículo 108.3 de la LOREG, puedan proponerse los medios de prueba admisibles en Derecho, con la decisión que corresponda a la Junta Electoral en cada caso competente, pero sin que los extremos de hecho apuntados en el escrito de referencia justifiquen la especie de preconstitución de prueba que, en el fondo, es lo que viene a pretenderse.
Tampoco considera la Junta que, dado el momento que alcanza el proceso electoral así como la actuación de cumplimiento de las actuaciones de esta Junta de que ha dado muestra Correos y Telégrafos, deba accederse a la instrucción que se pretende que se curse a dicha Sociedad Estatal para que, se dirija a su vez a los organismos o entidades análogos de los otros Estados.
Descriptores de materia:
CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto
SERVICIO DE CORREOS