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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 15/09/2005

Núm. Acuerdo: 217/2005

Núm. Expediente: 271/80

Autor: Presidente de la Junta Electoral Provincial de Pontevedra

Objeto:

Consulta sobre posibilidad de limitar el número de Apoderados de las entidades políticas.

Acuerdo:

Puesto que la legislación electoral aplicable no limita el número de representantes o apoderados que las formaciones políticas pueden tener en el acto de escrutinio general y, teniendo en cuenta además las especiales circunstancias que concurren en el presente caso, corresponde a cada Junta Electoral adoptar las medidas necesarias para poder llevar a cabo el escrutinio general con las mayores garantías de transparencia, objetividad y publicidad, incluyendo la posibilidad de requerir a la Xunta de Galicia a efectos de que ponga a disposición de dicha Junta Electoral un local que reúna las condiciones necesarias para llevar a cabo dicha tarea.

Descriptores de materia:

APODERADOS E INTERVENTORES

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