Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 15/09/2005
Núm. Acuerdo: 225/2005
Núm. Expediente: 351/1077
Autor: | Alcalde del Ayuntamiento de Peque (Zamora) |
Objeto:
Renuncia de concejales del Ayuntamiento de municipio de entre 100 y 250 habitantes sin que existan más candidatos.
Acuerdo:
La Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado lo siguiente:
1º) La previsión del artículo 182 de la LOREG de designación de concejales a propuesta de las entidades políticas en el caso de agotamiento de la lista de candidatos titulares y suplentes no es de aplicación a los municipios de entre 100 y 250 habitantes, sujetos a escrutinio mayoritario uninominal.
2º) Dado que en el presente caso no se cumplen las previsiones del apartado 3 del artículo 182 de la LOREG por cuanto los concejales del Ayuntamiento no llegan a ser menos de la mitad del número legal de miembros de la Corporación, no ha lugar a la constitución de la Comisión Gestora, debiendo el Ayuntamiento continuar funcionando con el número actual de miembros de hecho.
Descriptores de materia:
COMISIÓN GESTORA - Constitución
CONCEJALES - Renuncia
MUNICIPIOS DE ENTRE 100 Y 250 HABITANTES