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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 25/10/2007

Núm. Acuerdo: 410/2007

Núm. Expediente: 342/29

Autor: Administrador General de EAJ-PNV

Objeto:

Solicitud de criterio favorable de la Junta Electoral Central a la fijación de un límite máximo de gasto electoral, único y conjunto, para todas las circunscripciones de los tres Territorios Históricos en las que se presentan candidaturas.

Acuerdo:

Ante la ausencia de regulación en la Ley del Parlamento Vasco 1/1987, de 27 de marzo, de Elecciones para las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, el criterio de esta Junta es que el límite de gastos electorales en dichas elecciones sea único y conjunto para las tres circunscripciones, por razón del carácter unitario del proceso electoral unido a la finalidad intrínseca a toda limitación de la cuantía de los gastos electorales y, en último término, por aplicación analógica de lo dispuesto en la LOREG para las elecciones municipales, sin que otras circunstancias como la convocatoria por cada Diputación General (artículo 7.1 de la citada Ley 1/1987) o la financiación de los gastos electorales con cargo a los Presupuestos de cada Territorio Histórico (artículo 11 de la Ley 1/1987) permitan desvirtuar este criterio.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2007

Descriptores de materia:

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Límites

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