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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 25/01/2007

Núm. Acuerdo: 436/2007

Núm. Expediente: 413/9

Autor: Vice-Secretaria General del Partido Andalucista

Objeto:

Denuncia contra el lema de la campaña informativa de la Junta de Andalucía "Muy nuestro.18-F. Referéndum para la reforma del Estatuto de Autonomía".

Acuerdo:

1.- Alegaciones de la Junta de Andalucía.

2.- Esta Junta Electoral Central, en sesiones de 19 y 25 de enero de 2005, en relación con el referéndum sobre el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, adoptó el siguiente acuerdo:

"1º) Con independencia de la campaña institucional a la que se refiere el artículo tercero del Real Decreto 5/2005, de 14 de enero, en relación con el artículo 50.1 de la LOREG, la campaña informativa que pueden realizar los poderes públicos en el presente proceso de referéndum ha de limitarse a informar objetivamente sobre el contenido del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, eliminando toda clase de juicios de valor o lemas utilizados hasta ahora en televisión, página web u otros medios, tales como 'Los primeros con Europa' u otras declaraciones, que puedan, directa o indirectamente, influir en la posición o actitud de los ciudadanos.

2º) La doctrina de la Junta Electoral Central sobre el objeto y los límites de la campaña institucional está concentrada y actualizada en la Instrucción de dicha Junta de 13 de septiembre de 1999, publicada en el BOE número 222, de 16 de septiembre de 1999."

Tal doctrina fue reiterada con ocasión del referéndum sobre reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Descriptores de materia:

CAMPAÑA INSTITUCIONAL - Irregularidades

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