Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 24/05/2007

Núm. Acuerdo: 271/2007

Núm. Expediente: 292/607

Autor: Representante General del Partido Socialista Obrero Español

Objeto:

Solicitud para que la JEC declare si es aplicable su doctrina sobre la publicidad institucional a los actos convocados por los partidos políticos.

Acuerdo:

Comunicar que el criterio de esta Junta es que la prohibición de los poderes públicos de realizar campaña institucional que atente contra los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral o contra el principio de igualdad entre los actores electorales, en los términos establecidos en el artículo 50 de la LOREG y en la Instrucción de 13 de septiembre de 1999, de la Junta Electoral Central, sobre el objeto y los límites de las campañas institucionales, debe entenderse referida a actos que sean convocados, organizados o financiados por quienes ocupan cargos públicos, sin perjuicio de que, fuera de esos supuestos, los titulares de cargos públicos puedan ejercer el derecho fundamental a la libertad de expresión consagrado en el artículo 20 de la Constitución. (Ver apartado de Instrucciones, Doctrina Electoral de la JEC).

Descriptores de materia:

CAMPAÑA INSTITUCIONAL

PARTIDOS POLÍTICOS

   Volver