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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/05/2007

Núm. Acuerdo: 226/2007

Núm. Expediente: 310/256

Autor: Presidente de la Junta Electoral de Zona de Reinosa

Objeto:

Consulta sobre validez de papeletas impresas sin distinguir entre titulares y suplentes.

Acuerdo:

Esta Presidencia, en virtud de delegación acordada por la Junta Electoral Central en sesión de 8 de mayo de 2007, ha acordado estimar el recurso ya que este órgano tiene reiteradamente acordado que no afecta a la validez de las papeletas las ligeras diferencias respecto del modelo oficial en cuanto al tamaño, faltas de ortografía, pequeñas diferencias de tonalidad o caracteres tipográficos, numeración o no de los candidatos, así como diferencias no sustantivas en la impresión, siempre que se respete el secreto del voto y no ofrezca duda la identificación de la candidatura y los candidatos.

No existe inconveniente en que una misma candidatura imprima dos modelos distintos de papeletas si ambas reúnen los requisitos legales y las diferencias entre unas y otras son accidentales a los efectos de las normas electorales, siempre que no se diferencien en el contenido legalmente exigible.

Descriptores de materia:

PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES - Irregularidades

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