Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 21/05/2007
Núm. Acuerdo: 226/2007
Núm. Expediente: 310/256
Autor: | Presidente de la Junta Electoral de Zona de Reinosa |
Objeto:
Consulta sobre validez de papeletas impresas sin distinguir entre titulares y suplentes.
Acuerdo:
Esta Presidencia, en virtud de delegación acordada por la Junta Electoral Central en sesión de 8 de mayo de 2007, ha acordado estimar el recurso ya que este órgano tiene reiteradamente acordado que no afecta a la validez de las papeletas las ligeras diferencias respecto del modelo oficial en cuanto al tamaño, faltas de ortografía, pequeñas diferencias de tonalidad o caracteres tipográficos, numeración o no de los candidatos, así como diferencias no sustantivas en la impresión, siempre que se respete el secreto del voto y no ofrezca duda la identificación de la candidatura y los candidatos.
No existe inconveniente en que una misma candidatura imprima dos modelos distintos de papeletas si ambas reúnen los requisitos legales y las diferencias entre unas y otras son accidentales a los efectos de las normas electorales, siempre que no se diferencien en el contenido legalmente exigible.
Descriptores de materia:
PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES - Irregularidades