Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/05/2007

Núm. Acuerdo: 223/2007

Núm. Expediente: 341/248

Autor: Representante general de Partido de Independientes de Lanzarote

Objeto:

Consulta sobre límite de gastos electorales en partido que concurre independiente a las elecciones locales y formando coalición a las elecciones al Parlamento de Canarias.

Acuerdo:

Según tiene reiteradamente acordado esta Junta, deben considerarse como formaciones políticas distintas un partido político que se presenta a un proceso electoral, y una coalición electoral de la que forma parte que se presenta a otro proceso en la misma fecha, por lo que no cabe aplicar a uno y otra el límite de gastos electorales previsto en el artículo 131.2 de la LOREG. La concurrencia de una formación política a las elecciones municipales y a las elecciones a los Cabildos Insulares Canarios supone que dicha formación está sujeta al límite de gastos electorales previsto en el artículo 131.2 de la LOREG, en la medida en que ambos procesos se deciden por sufragio universal directo. En relación a la imputación de gastos en elecciones simultáneas, esta Junta Electoral tiene acordado que, dada la práctica imposibilidad de deslindar el destino específico de cada gasto a uno y otro proceso electoral, debe admitirse la posibilidad de llevanza de una contabilidad conjunta y única para los varios procesos electorales convocados. Sin embargo, en el caso de que uno de los procesos electorales convocados sea el autonómico, dada su naturaleza distinta y sobre todo la distinta competencia en orden al control de los gastos electorales y al pago de las subvenciones, no cabe autorizar la presentación de contabilidad conjunta para las elecciones a una Asamblea Autonómica y elecciones municipales.

Descriptores de materia:

COALICIONES ELECTORALES

ELECCIONES SIMULTÁNEAS

GASTOS Y SUBVENCIONES ELECTORALES - Límites

PARTIDOS POLÍTICOS

   Volver