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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/05/2007

Núm. Acuerdo: 234/2007

Núm. Expediente: 292/580

Autor: Presidente de la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana

Objeto:

Recurso interpuesto por el Partido Socialista Obrero Español contra acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana de 14 de mayo de 2007 sobre vallas colocadas por la Consejería de Sanidad para la futura construcción de un hospital en Manises.

Acuerdo:

1º. Desestimar el recurso por entender que la campaña indicada puede entenderse incluida dentro de las imprescindibles para la salvaguarda del interés público o el para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos, sin que pueda considerarse contraria a los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral y al principio de igualdad entre los actores electorales.

2º. Con independencia del fondo del asunto, recordar a la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana que el plazo de cinco días previsto en el artículo 21.1. de la LOREG se refiere al lapso de tiempo que tiene la Junta superior para resolver los recursos presentados ante una Junta inferior, plazo que no puede cumplirse si, como viene reiteradamente haciendo esa Junta, se otorga uno por el mismo tiempo a los interesados para presentar alegaciones; por otra parte las alegaciones de los interesados en estos recursos deben presentarse ante la Junta Electoral autora del acto impugnado, la cual, junto con el expediente deberá remitirlo en el plazo de 48 horas a la Junta superior, conforme dispone el artículo 21.2 de la LOREG.

Descriptores de materia:

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