Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 21/05/2007
Núm. Acuerdo: 238/2007
Núm. Expediente: 310/258
Autor: | Presidente de la Junta Electoral Provincial de Las Palmas |
Objeto:
Recurso interpuesto por Nueva Canarias contra Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Las Palmas de no homologación de las papeletas electorales de la citada formación política.
Acuerdo:
Esta Presidencia, en virtud de delegación acordada por la Junta Electoral Central en sesión de 8 de los corrientes, ha acordado estimar el recurso ya que este órgano tiene reiteradamente acordado que no afecta a la validez de las papeletas las ligeras diferencias respecto del modelo oficial en cuanto al tamaño, faltas de ortografía, pequeñas diferencias de tonalidad o caracteres tipográficos, numeración o no de los candidatos, así como diferencias no sustantivas en la impresión, siempre que se respete el secreto del voto y no ofrezca duda la identificación de la candidatura y los candidatos. No existe inconveniente en que una misma candidatura imprima dos modelos distintos de papeletas si ambas reúnen los requisitos legales y las diferencias entre unas y otras son accidentales a los efectos de las normas electorales, siempre que no se diferencien en el contenido legalmente exigible.
Descriptores de materia:
JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos
JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES
PAPELETAS Y SOBRES ELECTORALES
RECURSOS ADMINISTRATIVOS