Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 26/04/2007
Núm. Acuerdo: 138/2007
Núm. Expediente: 130/94
Autor: | Junta Electoral de Zona de Baza (Granada) |
Objeto:
Consulta sobre cese de Vocal Judicial de Junta Electoral de Zona.
Acuerdo:
Según reiterada doctrina de esta Junta, conforme a lo dispuesto en el artículo 16.1 de la LOREG, no cabe alterar la composición de una Junta Electoral Provincial o de Zona una vez designados los vocales de origen judicial con arreglo a la LOREG, sin que el nombramiento de un Juez o Magistrado suponga el desplazar al que forma parte de la Junta, aunque fuera un juez sustituto o de provisión temporal, siempre y cuando se conserve por éste la condición de sustituto.
Descriptores de materia:
DESTITUCIÓN
JUNTAS ELECTORALES DE ZONA
VOCALES DE ORIGEN JUDICIAL DE JUNTAS ELECTORALES