Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 16/05/2007
Núm. Acuerdo: 204/2007
Núm. Expediente: 292/571
Autor: | Presidente de la Junta Electoral Provincial de Sevilla |
Objeto:
Recurso interpuesto por el Partido Socialista de Andalucía contra Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de 9 de mayo de 2007 en relación con el reparto de espacios gratuitos de propaganda electoral.
Acuerdo:
En cuanto a la primera de las peticiones del recurrente, dado que su fuerza política obtuvo representación en diversos Ayuntamientos en las elecciones de 2003 -proceso electoral que ha de considerarse equivalente en este caso- aun sin llegar al 5 por ciento de los votos válidos, procede estimar el recurso y asignarle un total de 15 minutos, conforme a lo dispuesto en el artículo 64.1.b) LOREG. Por lo que se refiere a la segunda petición, esta Junta Electoral tiene repetidamente señalado que es competencia de los medios de titularidad pública la determinación del contenido de sus espacios informativos, correspondiendo a las Juntas Electorales exclusivamente supervisar el respeto a los principios de pluralismo, imparcialidad e igualdad de oportunidades en los mismos, sin que en este caso se aprecie que la omisión de información sobre actos de campaña de la fuerza recurrente implique necesariamente, debido a lo escaso de su apoyo electoral en el conjunto del ámbito de difusión de los medios, quiebra de la proporcionalidad debida.
Descriptores de materia:
JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos
JUNTAS ELECTORALES PROVINCIALES
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS
PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA
RECURSOS ADMINISTRATIVOS