Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 16/05/2007
Núm. Acuerdo: 193/2007
Núm. Expediente: 292/560
Autor: | Presidente de la Junta Electoral de Canarias |
Objeto:
Recurso interpuesto por Centro Canario contra Acuerdo de la Junta Electoral de Canarias de 9 de mayo de 2007, sobre celebración en RNE de determinado debate el siguiente día 10 de mayo de 2007.
Acuerdo:
Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Canarias ya que esta se ha limitado a aplicar la doctrina de la Junta Electoral Central en la materia y en concreto que resulta respetuoso con los principios de pluralismo político y social y de neutralidad informativa el que un medio de comunicación seleccione a los intervinientes en un debate atendiendo al criterio de representación en las anteriores elecciones equivalentes, como se pone de manifiesto en el detallado y razonado informe de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Canarias, en particular en su apartado cuarto, informe que la Junta hace suyo y del que se trasladará copia al recurrente.
Descriptores de materia:
ENTREVISTAS Y DEBATES
JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos
JUNTAS ELECTORALES DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS
NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO
PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA
RADIO
RECURSOS ADMINISTRATIVOS