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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/05/2007

Núm. Acuerdo: 193/2007

Núm. Expediente: 292/560

Autor: Presidente de la Junta Electoral de Canarias

Objeto:

Recurso interpuesto por Centro Canario contra Acuerdo de la Junta Electoral de Canarias de 9 de mayo de 2007, sobre celebración en RNE de determinado debate el siguiente día 10 de mayo de 2007.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Canarias ya que esta se ha limitado a aplicar la doctrina de la Junta Electoral Central en la materia y en concreto que resulta respetuoso con los principios de pluralismo político y social y de neutralidad informativa el que un medio de comunicación seleccione a los intervinientes en un debate atendiendo al criterio de representación en las anteriores elecciones equivalentes, como se pone de manifiesto en el detallado y razonado informe de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Canarias, en particular en su apartado cuarto, informe que la Junta hace suyo y del que se trasladará copia al recurrente.

Descriptores de materia:

ENTREVISTAS Y DEBATES

JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos

JUNTAS ELECTORALES DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO

PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA

RADIO

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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