Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 25/02/2008
Núm. Acuerdo: 100/2008
Núm. Expediente: 300/119
Autor: | Director de A + M Marketing y Publicidad |
Objeto:
Consulta sobre posibilidad de publicación en un medio de comunicación del resultado de un debate, teniendo en cuenta la prohibición contenida en el artículo 69.7 de la LOREG.
Acuerdo:
Esta Junta tiene acordado que no es contraria a la LOREG la actuación, siempre que entre las cuestiones sometidas entre los telespectadores no se incluya ninguna pregunta que, directa o indirectamente, trate de averiguar la intención de voto de los telespectadores y que como con el resultado que se produzca, no se realicen estimaciones de los resultados electorales del día de celebración de las Elecciones Generales o valoraciones en orden a dichos resultados.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 2008
Descriptores de materia:
ENCUESTAS Y SONDEOS