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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 19/02/2008

Núm. Acuerdo: 85/2008

Núm. Expediente: 320/240

Autor: Secretario General de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos

Objeto:

En relación con acuerdo de Junta Electoral Provincial de Cádiz sobre denuncia del Partido Popular por negativa de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos de entrega a la formación política de "cantidad masiva" de impresos de solicitud de voto por correo, consulta sobre criterio a seguir en el caso de que sea demandado a las Oficinas de Correos un número importante de solicitudes de voto por correo.

Acuerdo:

La Junta Electoral Central no es competente para fijar un número determinado de impresos a entregar para emitir el voto por correo, si bien es cierto que Correos debe facilitar el ejercicio del voto por correo a los electores, sin restringirlo injustificadamente, salvo peticiones desproporcionadas de impresos o problemas puntuales de abastecimiento, que deberán subsanarse a la mayor brevedad posible.

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VOTO POR CORRESPONDENCIA

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