Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 04/02/2008
Núm. Acuerdo: 42/2008
Núm. Expediente: 292/632
Autor: | Director General de la CRTVG |
Objeto:
Solicitud de que se haga extensivo a los medios públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia, TVG, S.A. y RTG, S.A. , el acuerdo de la Junta Elecltoral Central referido al punto 1º de la petición de RTVE
Acuerdo:
Acceder a lo solicitado y, en consecuencia, extender a los medios de comunicación de titularidad pública de Galicia el Acuerdo de la Junta Electoral Central de 29 de enero de 2008 en el sentido de que no hay inconveniente en que los espacios gratuitos de propaganda electoral tengan una duración de 30 segundos, si bien el medio de comunicación deberá trasladar con la mayor antelación posible este extremo a los representantes de las candidaturas proclamadas.
Descriptores de materia:
INSTRUCCIONES DE LA JEC
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS
PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA