Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 07/02/2008
Núm. Acuerdo: 51/2008
Núm. Expediente: 280/80
Autor: | Presidente de la Junta Electoral Provincial de Murcia |
Objeto:
Consulta sobre validez de proclamación de candidatura presentada sin símbolo ni siglas por no constar las mismas en el Registro de Partidos Políticos.
Acuerdo:
Reiterar la doctrina de esta Junta Electoral Central que establece:
1.- En materia de siglas al igual que respecto de los símbolos y denominaciones es preciso atenerse al Registro de Partidos Políticos.
2.- La no aportación de las siglas por no constar en el Registro de Partidos Políticos es una omisión que no impide la proclamación de la candidatura por no ser un elemento imprescindible a dichos efectos.
Descriptores de materia:
CANDIDATURAS - Proclamación
DENOMINACIONES, SIGLAS Y SÍMBOLOS
PARTIDOS POLÍTICOS