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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 06/03/2008

Núm. Acuerdo: 149/2008

Núm. Expediente: 292/699

Autor: Presidente de la Junta Electoral de Andalucía

Objeto:

Recurso interpuesto por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía contra Acuerdo de la Junta Electoral de Andalucía de 28 de febrero por el que se estima parcialmente el recurso presentado por el Partido Popular contra la citada Agencia por emisión de determinado informativo en Canal Sur el día 23 de febrero.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral de Andalucía ya que, como se señala en el informe de la referida Junta, del que se acompañará copia al recurrente, el programa informativo enjuiciado supuso una vulneración del principio a la neutralidad informativa contemplado en el artículo 66 de la LOREG al inducir a identificar con una formación política una información peyorativa, sin que las alegaciones del recurrente sobre un fallo técnico puedan justificar dicha actuación, dado el deber de diligencia que en una campaña electoral deben tener los medios de comunicación, y en particular al tratarse de una noticia de emisión diferida, en la que pudo haberse eliminado el hecho denunciado.

Descriptores de materia:

JUNTAS ELECTORALES - Acuerdos

JUNTAS ELECTORALES DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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