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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 06/03/2008

Núm. Acuerdo: 148/2008

Núm. Expediente: 292/695

Autor: Presidente de la Junta Electoral de Andalucía

Objeto:

Recurso interpuesto por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía contra acuerdo de la Junta Electoral de Andalucía de 25 de febrero sobre emisión por Canal Sur Televisión el 22 de febrero de programa especial informativo con motivo del inicio de la campaña electoral.

Acuerdo:

Desestimar el recurso y confirmar el Acuerdo de la Junta Electoral de Andalucía, ya que, como se indica en el informe de la citada Junta, del que se dará traslado al recurrente, los medios de comunicación de titularidad pública deben extremar su diligencia en plena campaña electoral, sin que en consecuencia puedan justificarse los hechos denunciados en meros problemas técnicos sino que por el contrario deben entenderse que vulneran el principio de neutralidad informativa consagrado en el artículo 66 de la LOREG.

Descriptores de materia:

CAMPAÑA ELECTORAL - Actos

MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

NEUTRALIDAD INFORMATIVA Y PLURALISMO POLÍTICO

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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