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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 29/05/2008

Núm. Acuerdo: 180/2008

Núm. Expediente: 353/57

Autor: Presidente de la Diputación Provincial de Valladolid

Objeto:

Consulta sobre sustitución de Vocal de la Entidad Local Menor de La Santa Espina (Valladolid). Se ha producido la renuncia del Vocal designado por ser integrante de la candidatura a Alcalde Pedáneo que ha obtenido el segundo lugar en número de votos, así como el suplente del mismo.

Acuerdo:

1.- El artículo 59 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, establece que los Vocales de la Junta Vecinal serán nombrados por el Alcalde Pedáneo, quien podrá cesarlos en cualquier momento y proceder a un nuevo nombramiento, excepto en el supuesto de que a la alcaldía hubieran concurrido varias candidaturas, en cuyo caso el candidato a Alcalde Pedáneo que hubiera obtenido el segundo lugar en número de votos será proclamado Vocal, siendo sustituido por el suplente de su misma candidatura.

2.- Visto que en el presente caso se ha producido la renuncia tanto del titular como del suplente de la candidatura que obtuvo el segundo lugar en número de votos, y que no se presentó ninguna otra candidatura, debe entenderse que corresponde al Alcalde Pedáneo el nombramiento de un nuevo Vocal de la Junta Vecinal en los términos previstos en el citado artículo 59 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

Descriptores de materia:

ALCALDES PEDÁNEOS - Renuncia

ALCALDES PEDÁNEOS - Sustitución

ENTIDADES LOCALES MENORES

VOCALES DE JUNTAS VECINALES

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