Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 29/05/2008
Núm. Acuerdo: 181/2008
Núm. Expediente: 353/47
Autor: | J.A.P. Ayuntamiento de Sinlabajos (Ávila). |
Objeto:
1) Producida vacante de Alcalde del Ayuntamiento, consulta sobre exigencia de previa cobertura de la vacante de concejal para proceder a la nueva elección de Alcalde.
2) Elegido el Alcalde del Ayuntamiento de Sinlabajos sin haberse cubierto previamente la vacante de concejal, consulta sobre procedimiento a seguir para "restablecer la legalidad" y el cumplimiento de los acuerdos de la Junta Electoral Central.
Acuerdo:
Vistos los informes del Ayuntamiento de Sinlabajos, de los que se dará traslado al interesado, y si bien esta Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado en relación con la elección de Alcalde que en orden a que tal elección refleje la voluntad de la Corporación en su totalidad resulta procedente que se cubran previamente la vacante o vacantes de concejales producidas en la misma, no obstante, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General no confiere competencias a esta Junta para poder examinar la legalidad de la elección y proclamación de los Presidentes de las Corporaciones Locales, que pueden ser objeto de recurso contencioso-electoral tal como se contempla en el artículo 109 de la citada Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Descriptores de materia:
ALCALDES - Elección
ALCALDES - Vacantes
CONCEJALES - Vacantes