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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 12/11/2009

Núm. Acuerdo: 261/2009

Núm. Expediente: 353/126

Autor: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Getxo (Vizcaya)

Objeto:

Solicitud de expedición de credencial de concejal, habiendo renunciado previamente a la candidatura la persona propuesta por el Ayuntamiento.

Acuerdo:

Con independencia de que el procedimiento llevado a cabo por la Junta Electoral de Zona de Bilbao para proceder a la sustitución de concejal del Ayuntamiento de Barrika por renuncia de D. Julio Arriola Palomares, integrante de la candidatura de la coalición Ezker Batua/Berdeak y Aralar, no consta que se ajustara a lo dispuesto en la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 (BOE del siguiente día 18 de julio), sobre sustitución de cargos representativos locales, al no acreditarse en el expediente que se realizara la previa publicación del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia, y de que, además, resulta irregular que la credencial se hubiera expedido con fecha anterior a la renuncia de los candidatos de la lista (la primera de 28 de junio y la segunda de 4 de julio), consta en el expediente que Dª Amaia Aparicio Tarín renunció a su condición de candidata en la lista de concejales de la misma formación política por el Ayuntamiento de Getxo, requisito imprescindible, por otra parte, para poder tomar posesión como concejal del Ayuntamiento de Barrika.

En consecuencia, al haber dejado de estar en la lista de concejales de la coalición de Ezker Batua/Berdeak y Aralar por el Ayuntamiento de Getxo, no procede expedir la credencial en favor de Dª Amaia Aparicio Tarín.

Por otra parte, el Ayuntamiento ha remitido las renuncias anticipadas de D. Fernando Luis Hevia Suárez y Dª Eva María Alonso Alzorriz, por lo que procede expedir la credencial al siguiente candidato de la lista, D. Manuel Basanta Santiago.

Este Acuerdo agota la vía administrativa y contra el mismo cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Credenciales

CONCEJALES - Renuncia

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