Junta Electoral Central - Portal

Acuerdos por sesiones

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 12/11/2009

Núm. Acuerdo: 265/2009

Núm. Expediente: 353/123

Autor: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Olóriz (Navarra)

Objeto:

Vacante de concejal de Ayuntamiento de entre 100 y 250 habitantes habiéndose agotado la lista de la única candidatura presentada a las elecciones locales. Solicitud de expedición de credencial a favor de persona propuesta por el Ayuntamiento.

Acuerdo:

Trasladar que no procede la cobertura de la vacante de concejal producida atendiendo a que la Junta Electoral Central tiene reiteradamente acordado lo siguiente:
1º.- La previsión del artículo 182 de la LOREG de designación de concejales a propuesta de las entidades políticas en el caso de agotamiento de la lista de candidatos titulares y suplentes no es de aplicación a los municipios de entre 100 y 250 habitantes, sujetos a escrutinio mayoritario uninominal.
2º.- En los municipios de población comprendida entre 100 y 250 habitantes, no habiendo candidato siguiente en número de votos, no procede cubrir la vacante, debiendo funcionar el Ayuntamiento con cuatro concejales, dado que al subsistir dicho número de concejales no es de aplicación el artículo 182, apartado tercero, de la LOREG.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Vacantes

MUNICIPIOS DE ENTRE 100 Y 250 HABITANTES

   Volver