Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 23/04/2009
Núm. Acuerdo: 81/2009
Núm. Expediente: 282/71
Autor: | Otros |
Objeto:
Consulta sobre utilización de la firma electrónica en la presentación de candidaturas al Parlamento Europeo por agrupación de electores
Acuerdo:
Esta Junta entiende que el uso de la firma electrónica para la recogida de firmas a efectos de la presentación de candidaturas debe entenderse válida siempre que se ajuste a lo dispuesto en la Ley 59/2009, de 19 de diciembre, de firma electrónica, modificada por Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, y, en consecuencia, se acompañe de certificado válidamente proporcionado por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o por otra entidad autorizada al efecto, todo ello sin perjuicio de que además se guarden las garantías de autenticación de firmas previstas en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Proceso electoral asociado:
Elecciones al Parlamento Europeo 2009
Descriptores de materia:
CANDIDATURAS - Presentación
FEDERACIONES
FIRMA DIGITAL